Así se abre espacio para que se lleve a cabo la tradicional feria del pueblo, promovida por autoridades municipales encabezada por el alcalde Carlos Victor Peña Ortiz.
Cd. Reynosa Tam.- El parque cultural Reynosa es considerado una área reservada, por lo tanto para realizar alguna tala de árboles es necesaria la autorización de autoridades de SEMARNAT, lo cual no fue tomado en cuenta y se terminó con parte del pulmón de la ciudad.
¿Qué es la tala de árboles?
Se llama tala o apeo a la operación de cortar un árbol por su base y derribarlo. La operación de tala de los árboles se hace de dos maneras: arrancando de cuajo la planta con todas o la mayor parte de las raíces o separando el tallo de las raíces”
Más sin embargo este acto realizado en esta ocasión se llevó a cabo con motosierras por personal de la compañía que se encarga de llevar a cabo estás festividades, quienes al cuestionarlos sobre los permisos, reaccionaron de manera violenta con un ciudadano y un activista social, exigiendo se retiraran del lugar…
Que puede ocasionar la tala de árboles:
Desertificación o desertización del suelo: puede producir la subida de temperaturas y una escasez de agua a causa del talado indiscriminado de los árboles, las tierras fértiles pasan a convertirse en zonas desérticas, también perjudica gravemente a los ecosistemas en particular, los servicios ambientales que los árboles ofrecen como la infiltración de agua, la conservación del suelo, la producción de oxígeno y la captura de carbono”
Situación que no toman las autoridades municipales que encabeza el alcalde Carlos Victor peña Ortiz.
El corte y extracción de recursos forestales sin la autorización de la SEMARNAT, constituye un delito federal que puede ser denunciado ante autoridades competentes (artículos 189 y 190 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente)
Esta acción se sanciona de acuerdo A él artículo 418 y prevé una pena de tres meses a seis años de prisión y de cien a veinte mil días de multa para quien, sin contar con la autorización que se requiera conforme a la LF.desmonte o destruya la vegetación, corte, arranque, derribe o tale árboles, realice aprovechamientos de recursos forestales.
También el artículo 345 Bis del Código Penal establece de 3 meses a 5 años de prisión y de 500 a 2 mil unidades de cuenta de la Ciudad de México, a quien derribe, tale, destruya parcialmente u ocasione la muerte de uno o más árboles sin contar con la autorización de las autoridades competentes.
Así que esperemos que el alcalde Carlos Victor Peña Ortiz, no haya otorgado el permiso para esta tala de árboles, y que el departamento de ecología exija a estás persona el permiso otorgado por SEMARNAT para esta tala indiscriminada que le llevó a cabo por personas desconocidas en esta área verde del parque cultural ya que no eran árboles secos que necesitaba cortarse.
N.Gea M.