REYNOSA, TAM.- La Dirección de Tránsito y Vialidad, del Gobierno Municipal, recomienda a los automovilistas tomar medidas de precaución al conducir, y lograr bajar el índice de accidentes vehiculares, así como respetar el paso de peatones y evitar estacionarse en lugares destinados a personas con discapacidad o rampas especiales, incluso en centros comerciales.

 

Como lo indica el Reglamento, la velocidad máxima en una vía federal y algunas vialidades dentro de la zona urbana, como los libramientos, la velocidad corresponde a los 80 Kilómetros por Hora, y en zonas escolares disminuye a 20 Km/H, desde 60 minutos antes y después de horarios de clases habiendo otros señalamientos de baja velocidad en otras áreas, sin embargo, por conciencia, no es necesario llegar a la velocidad permitida.

 

-Revise sus frenos y recuerde mantener en funcionamiento las luces del automovil y utilizar direccionales para dar vuelta-

 

Es muy importante respetar los semáforos y parar con la luz ámbar, antes que prenda la roja; en las esquinas donde hay una señal de Alto, debe permitirse el paso del peatón que llegó antes o al mismo tiempo y en los lugares donde la señal está ubicada para los cuatro sentidos de circulación, los vehículos irán pasando conforme vayan llegando, uno a uno. El Artículo 18 obliga a ceder el paso a escolares y peatones, haciendo alto; obedecer estrictamente la señalización de protección y las indicaciones de los agentes

o de los promotores voluntarios de vialidad.

 

 

 

Respecto a la vigilancia de la Dirección de Tránsito y Vialidad, la Secretaria de Seguridad Pública Municipal, Lic. Iliana Magallón Elizondo, recomendó cumplir con el Reglamento y observar las medidas sanitarias y restricción, dictadas por el Consejo de Seguridad en Salud, de Tamaulipas.

 

Las medidas de restricción vehicular que siguen vigentes son, servicio de transporte público de 5 de la mañana a 10 de la noche, taxis con dos pasajeros y camiones al 50%  de su capacidad; vehículos en general en el mismo horario con sólo dos pasajeros.

 

En el Artículo 63 del Reglamento de Tránsito se indica que los conductores de vehículos no deberán exceder los límites de velocidad mencionados. La reincidencia de la infracción de esta disposición, será causa de suspensión de la

licencia. Queda prohibido asimismo, transitar a una velocidad tan baja que entorpezca el tránsito, excepto en aquellos casos en que lo exijan las condiciones de las vías, de circulación o de visibilidad.